La normativa establece la obligación de certificación para aquellas empresas involucradas en la instalación y mantenimiento de equipos de refrigeración y climatización, así como para todos aquellos que utilicen gases fluorados. Ésta es una condición necesaria para poder adquirir refrigerantes. En aplicación de dicha normativa, Carburos Metálicos y sus distribuidores, como distribuidores de gases fluorados, sólo pueden vender gases refrigerantes a aquellas empresas habilitadas que acrediten que emplean a personal certificado en los siguientes términos:
Carné RITE (RD 1027/2007 y RD 1751/1998 instalador-mantenedor de climatización).
Certificado de profesionalidad de Frigorista (RD 942/1997).
Certificado de profesionalidad de Mantenedor de Aire Acondicionado y Fluidos (RD 335/1997).
FP grado medio: “Montaje y mantenimiento de frío, climatización y producción de calor”.
FP grado superior: “Mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso”.
Carné RSF (RD 3099/1977).
Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos (RD 219/2008).
Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos (RD 220/2008).
Certificados de profesionalidad que den respuesta a las cualificaciones:
Montaje y Mantenimiento de Instalaciones Frigoríficas (RD 295/2004).
Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Climatización, Ventilación-Extracción (RD 182/2008).
También se exige a las empresas habilitadas la certificación prevista en el Real Decreto 795/2010. Dicha acreditación se puede obtener a través del servicio competente en materia de Industria de sus respectivas Comunidades Autónomas.
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